Artículos Pirotécnicos

Llegado el periodo de navidades, comprendido entre el 21 de diciembre de 2018 y el 7 de enero de 2019, esta alcaldía estima necesario recordar para general conocimiento:

Que la venta y suministros de artificios pirotécnicos solo podrán realizarse en establecimientos y por personas físicas o jurídicas reglamentariamente autorizadas, conforme a las condiciones establecidas en el reglamento de Explosivos, interesando la plena colaboración de la ciudadanía, para alcanzar las garantías de seguridad que disminuyan al máximo cualquier clase de riesgo.

Es por lo que el uso de artificios pirotécnicos en Navidad y otras fiestas populares genera unos riesgos tanto por el vendedor, a los particulares que lo manejan de forma esporádica y demás público expuesto para el uso de los mismos, que impone adoptar medidas para clarificar las condiciones y requisitos exigibles a los productos pirotécnicos por el artículo 23 del vigente Reglamento de Explosivos como Clases I, II y III para su venta, almacenamiento y uso de dichos productos.

En consecuencias, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad desarrollarán las actuaciones y/o inspecciones pertinentes ante los incumplimientos en esta materia que afecten a la seguridad de los ciudadanos.

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