Campaña Informativa "PARTICIPAMOS, NOS RESPONSABILIZAMOS"

El pasado 28 de mayo de 2019 el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó el Decreto 472/2019 de la Consejería de Salud y Familias por el que se regularán las hojas de quejas y reclamaciones de los consumidores y usuarios en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas. Esta normativa derogará el decreto anterior y establecerá novedades importantes en la materia a partir del próximo 4 de diciembre. Descargar decreto aquí.

Cartel

Hay que recordar que siempre que una persona consumidora o usuaria tenga un conflicto de consumo con una empresa o un profesional, seguirá teniendo el derecho de interponer una hoja de reclamaciones para, en primer lugar, lograr la solución del mismo rápida y directamente con la empresa. Si ello no fuera posible, los organismos competentes en materia de consumo (OMIC-LA PUEBLA DE CAZALLA) iniciarán un expediente administrativo si cumple una serie de condiciones y se le ofrecerá una valoración técnica de los hechos al tiempo que se le asesorará sobre las posibles vías abiertas para seguir con la tramitación de la misma.

Además de introducir un nuevo formulario que pretende ser más sencillo y fácil de rellenar, con la nueva regulación se exige a las empresas reclamadas dar una respuesta más completa y personalizada al reclamante.

De igual modo, se aspira a que la tramitación de los expedientes sea más previsible, transparente y eficiente, ya que se establecen unos plazos en el procedimiento así como unas causas claras de inadmisión.

Finalmente, la normativa aprobada por el Consejo de Gobierno  intenta poner fin a algunas de las dudas existentes sobre algunos aspectos que rodean a las hojas de reclamaciones. Entre otras cuestiones, el decreto aclara que no es necesario ser cliente para poder solicitar una hoja de reclamación y que los profesionales colegiados ahora sí deben disponer de hojas de reclamaciones oficiales de la Junta de Andalucía, así como los establecimientos regulados por una normativa específica (bancos, estaciones de tren y autobuses).

Asimismo ya no se prohíbe que el consumidor pueda sacar del establecimiento el formulario de la hoja para rellenarlo cómodamente y tranquilamente en su domicilio.

En cuanto a los dispositivos de venta automática, bienes de uso compartido o venta a distancia, se aclara definitivamente que es obligatorio informar en el propio dispositivo o a través de la aplicación que utilicen sobre cómo solicitar una reclamación y presentarla.

Dado que todas las personas por su condición de empresaria, comerciante, profesional o consumidora va estar afectada por los cambios que aportar dicho decreto que entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el BOJA, es decir el próximo 4 de diciembre de 2019; la Oficina Municipal de Información a la persona Consumidora de La Puebla de Cazalla ha decidido poner en marcha la campaña informativa "PARTICIPAMOS, NOS RESPONSABILIZAMOS".

Por ello, el miércoles 27 de noviembre en la Sala Victoria, a las 15:30 horas, se realizará una charla dirigida a empresarios, comerciantes o profesionales independientes. El jueves 28, a las 17:00 horas también en la Sala victoria, se realizará otra charla aunque dirigida a personas consumidoras y usuarias.

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