Adjudicacion definitiva contrato Renovación de las instalaciones de iluminación en edificio y dependencias municipales
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- Categoría: Contratos de Obra (FEESL)
- Publicado el Martes, 22 Junio 2010 16:00
ANUNCIO
ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA “RENOVACION DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN EN EDIFICIO Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES”
DE LA PUEBLA DE CAZALLA
FECHA DE PUBLICACIÓN: 22-JUNIO-2010
D. ANTONIO MARTIN MELERO, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DE CAZALLA (Sevilla)
HACE SABER: que, con fecha 21 de junio de 2010, ésta Alcaldía ha dictado la siguiente resolución:
“Dada cuenta que, por providencia de ésta Alcaldía de fecha 25 de marzo de 2010, se acordó iniciar el expediente para la contratación de las obras de construcción denominadas “Renovación de las instalaciones de iluminación en edificio y dependencias municipales” de esta villa, a realizar con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, aprobado por Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre, y para la cual se ha obtenido la correspondiente financiación mediante resolución de 25 de febrero de 2010 del Ministerio de Política Territorial, y
RESULTANDO que, mediante resolución de la Alcaldía, de fecha 25 de marzo de 2010, se aprobó el expediente y el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas Particulares para la adjudicación del contrato para la ejecución de las referidas obras por el procedimiento negociado sin publicidad, y se autorizó el gasto correspondiente que supone la adjudicación del mismo, estableciéndose un plazo de dos meses para la ejecución del contrato.
RESULTANDO que, mediante resolución de esta Alcaldía, de fecha 28 de mayo de 2010, como órgano de contratación, se adjudicó provisionalmente el contrato a favor de la empresa “WATT ELECTRICIDAD SEVILLA S.L.”, con CIF núm. 91254516 y domicilio en la calle A, parcela 134, del Polígono Industrial Corbones de esta villa, para la ejecución del proyecto de obras denominado “Renovación de las instalaciones de iluminación en edificio y dependencias municipales”, por el precio de 74.207,79 euros más IVA, con las mejoras materiales y propuesta de contratación para la generación de empleo recogidas expresamente en su oferta.
RESULTANDO que, con fecha 15 de junio de 2010, el adjudicatario constituyó la garantía definitiva, satisfizo la tasa municipal correspondiente y presentó los documentos justificativos exigidos en la cláusula 10.5 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
CONSIDERANDO que, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula nº 5 del Pliego de Condiciones, se podrá acordar el comienzo de la ejecución del contrato aunque no se haya formalizado éste, siempre y cuando se haya constituido la garantía correspondiente.
Visto lo anterior, y una vez examinada la documentación que la acompaña, de conformidad con lo establecido en el artículo 135.4 y en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, HE RESUELTO:
Primero.- Elevar a definitiva la adjudicación provisional del contrato para la ejecución de las obras contempladas en el proyecto denominado “Renovación de las instalaciones de iluminación en edificio y dependencias municipales”, con las mejoras materiales y propuesta de contratación para la generación de empleo que se recogen expresamente en su oferta.
Segundo.- Disponer el gasto correspondiente con cargo a la partida 241 6332410 del vigente Presupuesto Municipal.
Tercero.- Notificar la presente Resolución a “WATT ELECTRICIDAD SEVILLA S.L.”, a fin de que proceda a la formalización del contrato en el plazo de diez días hábiles siguientes a contar desde el día siguiente a la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva, conforme a lo dispuesto en la base 11ª del Pliego de Condiciones.
Cuarto.- Que el plazo de inicio de ejecución de las obras no podrá ser superior a quince días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación definitiva del contrato, pudiendo iniciarse las obras aún cuando no se haya formalizado el mismo en documento administrativo.
No obstante lo anterior, al tratarse de obras de ejecución inmediata, de acuerdo con el artículo 10.1 del Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, y de acuerdo con lo previsto en el articulo 96.2.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acuerda el comienzo de la ejecución del contrato desde la fecha de esta resolución.
Quinto.- Publicar la adjudicación definitiva del contrato de obras en el Perfil del Contratante (www.pueblacazalla.org).
Sexto.- Antes del comienzo de las obras, y de conformidad con lo establecido en las cláusulas 12ª y 14ª del Pliego de Cláusulas Económico-Administrativa, en el plazo máximo de 15 días naturales a contar desde la fecha de notificación de la adjudicación definitiva, se deberá presentar por el contratista un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo ajustado al Estudio de Seguridad y Salud [o Estudio Básico de Seguridad] del Proyecto, redactado por técnico con la titulación exigida legalmente, para su aprobación por el Ayuntamiento previo informe del Coordinador de Seguridad y Salud [o Director Facultativo de las Obras], requisito imprescindible para que la obra pueda comenzar efectivamente, comunicándolo posteriormente a la autoridad laboral. Efectuado este trámite se procederá al acta de comprobación del replanteo y la autorización del inicio de las obras.
Séptimo.- Comunicar los datos básicos del contrato al Registro de Contratos del Sector Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 308.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Lo decreta y firma el Sr. Alcalde-Presidente en el lugar y fecha al principio indicados, ante mi, el Secretario, que certifico.
Lo que se hace público para general conocimiento.
La Puebla de Cazalla, a 21 de junio de 2010
EL ALCALDE / Fdo. Antonio Martín Melero
ANUNCIO
ADJUDICACIÓN PROVISIONAL
DEL CONTRATO PARA LA EJECUCUÓN DE LAS OBRAS DE RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES
DE ILUMINACIÓN EN EDIFICIO Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES
FECHA DE PUBLICACIÓN: 7-JUNIO-2010
D. ANTONIO MARTIN MELERO, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DE CAZALLA (Sevilla)
HACE SABER: que, con fecha 28 de mayo de 2010, ésta Alcaldía ha dictado la siguiente resolución:
“Visto el expediente instruido para la adjudicación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, del contrato para la ejecución de la obra denominada “Renovación de las instalaciones de iluminación en edificio y dependencias municipales”, a ejecutar con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, creado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre, y
RESULTANDO, que por resolución de 25 de febrero de 2010, del Ministerio de Política Territorial, se autorizó la financiación del referido proyecto presentado por este Ayuntamiento.
RESULTANDO, que por decreto de la Alcaldía, de fecha 25 de marzo de 2010, fue aprobado el expediente de contratación de la referida obra mediante el procedimiento negociado sin publicidad, así como el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas Particulares que habría de regir dicha contratación.
RESULTANDO, que la Mesa de Contratación, de conformidad con lo establecido en la cláusula 10.4 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y en base al informe-propuesta de resolución emitido por los Servicios Técnicos Municipales tras la valoración de los criterios de adjudicación establecidos en el mismo, ha propuesto a ésta Alcaldía la adjudicación provisional del contrato de obras a favor de la empresa “Watt Electricidad Sevilla S.L.”, por ajustarse su oferta a las determinaciones contenidas en el correspondiente Pliego y resultar la más ventajosa para la creación de empleo:
Visto lo anterior, y CONSIDERANDO lo dispuesto en los artículos 135 y 140 y Disposición Adicional Segunda, apartado 1, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y cláusulas HE RESUELTO:
Primero.- Adjudicar provisionalmente el contrato administrativo para la ejecución de las obras correspondientes al proyecto de “Renovación de las instalaciones de iluminación en edificio y dependencias municipales”, a “Watt Electricidad Sevilla S.L.”, con CIF nº 91254516 y domicilio en el Polígono Industrial Corbones, calle A, parcela 134, de esta villa, en el precio de 74.207,79 euros más IVA, con las mejoras de materiales y propuesta de contratación para la generación de empleo recogidas expresamente en su oferta.
Segundo.- Publicar la presente resolución en el Perfil del Contratante de la pagina web de éste Ayuntamiento, así como proceder a su notificación al adjudicatario provisional y a los demás licitadores, requiriendo al adjudicatario provisional para que en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente en el Perfil del Contratante, presente la documentación que a continuación se relaciona (en el caso de que no la hubiera presentado con la oferta) exigida en la cláusula 10.5 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares:
a) Obligaciones tributarias:
- Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado, con las modificaciones introducidas por el Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, y de acuerdo a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
- Certificación positiva, expedida por la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de no ser deudor de la Hacienda Pública de esta Comunidad.
- Certificación positiva, expedida por el Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla, justificativa de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario. En todo caso, esta comprobación podrá realizarse de oficio por la Tesorería Municipal.
b) Obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación positiva expedida, por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
c) Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.
d) Garantía definitiva.
Resguardo acreditativo de la constitución, en la Caja de Depósitos del Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla, de una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, a disposición del órgano de contratación.
e) Escritura de formalización de la Unión Temporal de Empresarios
En el caso de que el adjudicatario provisional sea una unión temporal de empresarios, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
f) Abono de la tasa municipal.
Documento acreditativo de haber satisfecho en la Tesorería Municipal la tasa municipal correspondiente contemplada en el artículo 6.3 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos (BOP nº 301, de 30-12-2009).
Cuarto.- La adjudicación definitiva se producirá dentro del plazo máximo de cinco días hábiles siguientes a aquel en que expire el plazo de diez días hábiles concedidos al adjudicatario provisional para la presentación de la documentación, advirtiendo a éstos que la falta de presentación de la misma no dará lugar a la adjudicación definitiva del contrato.
Lo decreta y firma el Sr. Alcalde-Presidente en el lugar y fecha al principio indicados, ante mi, el Secretario, que certifico.
Lo que se hace público para general conocimiento.
La Puebla de Cazalla, a 31 de mayo de 2010
EL ALCALDE/Fdo. Antonio Martín Melero
Contrato de obra con destino al proyecto aprobado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local denominado:
Renovación de las instalaciones de iluminación en edificio y dependencias municipales
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
ANEXO VI
MEDICIONES
PLANOS

