Constituida la nueva Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de junio de 2019, como consecuencia de las elecciones municipales celebradas el día 26 de mayo de 2019, se estima procede diseñar el nuevo régimen de organización y funcionamiento de este Ayuntamiento, en el que están presentes los Tenientes de Alcalde, como órganos de carácter necesario, según se configuran en los arts. 21.1 a) de la LRBRL, y 35.2 del ROF.

Según determina el art. 23.3 de la LRBRL, son libremente nombrados por el Alcalde de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local. A estos efectos, por esta Alcaldía, mediante resolución de fecha 20 de junio de 2019, en uso de las atribuciones que legalmente le están conferidas, procede igualmente al nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno Local.

Corresponde a los Tenientes de Alcalde sustituir en la totalidad de sus funciones al Alcalde por el orden de nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus funciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.

 

En el expediente consta, asimismo, Informe de Secretaría de fecha 20 de junio de 2019.

En uso de las facultades que a esta Alcaldía le confieren los artículos 21.2 de la LRBRL y 46.1 del ROF, vengo en resolver:

 

 

 

Primera Teniente de Alcalde. IU-Adelante. Dª Dolores Crespillo Suarez

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Segundo Teniente de Alcalde. IU-Adelante. D. Miguel Ángel Martín Bohórquez

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tercera Teniente de Alcalde. PSOE. Dª. Carmen Amanda Copete Andrade

 

 

 

 

 

 

 

 

Cuarto Teniente de Alcalde. IU-Adelante. D. Miguel Ángel Rivero Gómez

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Quinto Teniente de Alcalde. IU-Adelante. D. Antonio Ramón Cala Gómez.

 

 

 

 

Segundo. A los Tenientes de Alcalde sobre los que ha recaído nombramiento, previa aceptación de su cargo, les corresponde en cuanto a tales, sustituir al Alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como integrar la Junta de Gobierno Local, sin perjuicio de las delegaciones especiales que les sean atribuidas.

 

Tercero. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento, en la sesión extraordinaria que se convoque en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 38 del ROF, a efectos de que quede enterado de su contenido.

 

Cuarto. Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa en plazo de tres días hábiles desde su notificación; y remitir la Resolución de nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo, igualmente publicar la Resolución en el tablón de anuncios y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día de la fecha de la presente Resolución.

 

Ante mí, El secretario

 

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